El control de la constitucionalidad del Derecho extranjero. Una perspectiva desde el Derecho venezolano
Abstract
Como bien se sabe, el control de la constitucionalidad es un control normativo que se aplica, en principio, al derecho del juez que está decidiendo el caso en cuestión. No obstante esto, en el ámbito del Derecho Internacional Privado la observación íntegra del Derecho extranjero que es aplicable al caso hace que sea posible que el juez controle la constitucionalidad de ese derecho que le es extranjero, pero en base de la Constitución también extranjera. Por tal razón, ese control podrá darse si en el caso concreto existe una disposición que colida con la Constitución -extranjera y no la del Estado del juez- y siempre que el Derecho extranjero aplicado contemple propiamente el control difuso de la constitucionalidad, debido a que si no lo prevé o, de ser el caso, contempla un control concentrado de la constitucionalidad, el juez nacional -por ejemplo, venezolanocarecerá de competencia para controlar ese derecho, bien porque éste no dice nada al respecto, o bien que aun contemplando el control concentrado, la utilización de este último escapa, incluso aplicando íntegramente el Derecho extranjero, de la competencia del juez nacional, ya que ésta corresponde a un exclusivo órgano.