El comercio electrónico, la contratación internacional y la determinación de la ley aplicable. Aplicación del derecho internacional privado, la armonización legislativa y el análisis económico del derecho.
Abstract
En materia de comercio electrónico, primero debemos definir si estamos ante una nueva disciplina autónoma o si se trata solamente de una nueva modalidad de contratar, de ello se desprende si se aplicarán principios propios, o si debemos recurrir a las reglas generales en materia de contratos. Para dilucidar cuál es la ley aplicable a este tipo de transacciones, el Derecho Internacional Privado proporciona las herramientas adecuadas, sin embargo, en ciertos casos se torna insuficiente, en la medida en que no se rija por puntos de conexión flexibles. Como segunda herramienta podemos recurrir a la armonización legislativa, que implica la utilización de normas de conflicto sin la modificación del Derecho sustancial, que es la tendencia en el ámbito del Mercosur. No obstante, si ello no ocurre, se produce la consecuente inseguridad jurídica que facilita el forum shopping. En el continente europeo se aplica la uniformidad, que implica la utilización de normas directas y la adopción de idénticas soluciones de fondo, una solución completamente distinta a la nuestra, punto en que se toma en cuenta la opinión de distintos autores. Nos cuestionamos si la uniformidad hace a la previsibilidad de los negocios, o si por el contrario, la diversidad de sistemas normativos permite una mejor competencia. Asimismo analizamos lo que ocurre si las partes eligen la ley aplicable al contrato, tomando en cuenta la autonomía de la voluntad como fuente. Y por último, recurrimos a las herramientas brindadas por el Análisis Económico del Derecho contractual que permite una mejor comprensión a la hora de confeccionar los contratos, teniendo en cuenta los costos y los beneficios. As regards electronic commerce, we must first determine whether we are facing a new autonomous discipline or, if it is just a new form of contracting, depending on it, it would be clear if own principles apply, or if we must attend the general rules as regards contracts subject.
To elucidate which is the applicable law to such transactions, the private international law provides the right tools. However, in some cases becomes insufficient, as far as it is not governed by flexible connection factors. As a second tool we can use legislative harmonization which involves the use of conflict rules without modifying the substantive law, which is the trend in the Mercosur zone. However, if this does not occur, the consequent legal insecurity takes place facilitating the forum shopping. In the zone of the European continent uniformity applies. This involves the use of direct rules and the adoption of same fundamental solution, which is a solution quite different from ours, in this item it is taken into account the opinion of various authors. We question whether uniformity helps to the predictability of business, or if on the contrary, the diversity of regulatory systems allows a better competition. We also analyze what happens if the parties choose the law applicable to the contract, taking into account the autonomy of the will as the proper source. Finally, we use the tools provided by the Economic Analysis of contract law, which allows a better understanding at the time of making the contract, taking into account costs and benefits.